sábado, 11 de julio de 2015

LAS FUERZAS MILITARES DEBEN RETORNAR A LA SOCIEDAD A LOS SOLDADOS QUE PRESTAN EL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO EN LAS MISMAS CONDICIONES FÍSICAS Y MENTALES QUE ESTABAN ANTES DE INGRESAR A PRESTAR EL SERVICIO.



 La persona o ciudadano colombiano, que debido al ordenamiento jurídico, debe obligatoriamente convertirse en soldado y prestar el servicio militar están cumpliendo una carga impuesta por la ley, por ese motivo las fuerzas militares y la policía están obligados a velar por la salud física y mental de los soldados y devolverlos a la sociedad en las misma condiciones físicas y mentales que tenían antes de prestar el servicio militar. Lo anterior ha sido la posición reiterada del Consejo de Estado que ha dicho que hay que distinguir entre los soldados que debido a la ley deben prestar el servicio militar obligatorio y aquellos que voluntariamente ingresan a las fuerza militares y  a la policía. Debido que los soldados que ingresaron voluntariamente saben cuáles son los riesgos inherentes a la carrera militar, o deberían saberlo, la administración tiene un deber de cuidado menos estricto. Con las personas que prestan el servicio militar obligatorio deben ser retornadas a la sociedad en las mismas condiciones que ingresaron. Sí mientras prestaban el servicio militar obligatorio sufrieron un daño imputable a las fuerzas militares, tal daño debe ser indemnizado ya sea un perjuicio moral o material.

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