Los
productos perecederos son aquellos que tienen una alta probabilidad de
descomponerse, dañarse, o volverse peligrosos para el uso o consumo humano, los
alimentos como las carnes, los huevos, el queso caben en esta definición.
El
estatuto de consumidor protege con garantía aquellos alimentos que tiene fecha
de expiración como los enlatados, lo yogures debidamente empacados, y todo
alimento o bebida o producto en general que tenga fecha de expiración.
La
garantía para estos productos es hasta la fecha de expiración o vencimiento.
El
procedimiento para hacer efectiva la garantía es el siguiente:
Por lógica y sentido común los
bienes perecederos o de único uso o desechables no se pueden someter a
reparación y suministro oportuno de los repuestos, sino que la efectividad de
la garantía consiste en el cambio del producto por otro de iguales
características o la devolución del dinero por parte del productor o
expendedor.
|
CAMBIO DEL PRODUCTO POR
OTRO
SI EL CONSUMIDOR ESCOGE EL
CAMBIO DEL PRODUCTO POR OTRO DE IGUALES CARACTERÍSTICAS EL PROCEDIMIENTO ES EL
SIGUIENTE:
·
La
reposición o cambio del bien por otro de iguales características deberá
realizarse dentro de los 10 días hábiles siguientes en el que el consumidor
ponga en disposición al productor o expendedor el bien objeto de la solicitud
de efectividad de la garantía.
·
El
consumidor tiene 15 días hábiles contados a partir de la respuesta a la
reclamación directa para poner a disposición del productor o expendedor el bien
objeto de la solicitud de efectividad de la garantía.
|
|
DEVOLUCION DEL DINERO | | | |
SI EL CONSUMIDOR ESCOGE LA
DEVOLUCIÓN DEL DINERO PAGADO POR EL PRODUCTO PERECEDERO EL PROCEDIMIENTO ES EL
SIGUIENTE:
·
La
devolución deberá hacerse sobre el precio de venta.
·
La
devolución del dinero se hará dentro de los 15 días hábiles siguientes a la
entrega del bien objeto de la garantía por parte del consumidor al productor o
expendedor.
·
El
consumidor cuenta con 15 días hábiles contados a partir de la respuesta
positiva por parte del productor o expendedor de la reclamación directa para
entregar el bien objeto de la efectividad de la garantía.
| |
No hay comentarios.:
Publicar un comentario