miércoles, 15 de julio de 2015

EL ESTADO DEBE RESPONDER POR LAS ACTIVIDADES PELIGROSAS QUE GENERA.

El estado colombiano debe responder por toda actividad peligrosa que genera y que los colombianos no están obligados a soportar. Esto se conoce como riesgo excepcional y es un tipo de responsabilidad objetiva. Si bien el estado y sus entes, en muy pocas y variadas ocasiones no fallan en su servicio a los colombianos, su actuar puede generar una actividad peligrosa que si llega a causar un daño debe ser indemnizado.
Los ejemplos más comunes suelen ser, instalación de cables de energía eléctrica, el porte de armas de fuego, la conducción de automóviles oficiales. Todas las anteriores actividades son riesgosas y peligrosas, si por algún motivo se causa un daño a un colombiano este debe ser indemnizado.
Los daños son por perjuicios morales y materiales y pueden afectar no solo a la víctima, sino a sus familiares.

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